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  Publicado en materia de Comercio Exterior en el Diario Oficial de la Federación - 31/01/2012
Por este conducto me permito informarles lo publicado hoy en materia de Comercio Exterior en el Diario Oficial de la Federación, para quedar como sigue:
 
La S.H.C.P. publicó la Séptima Resolución de Modificaciones a las Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior para 2011 y su anexo 22.
 
Con esta Modificación, se reforman las siguientes reglas:
 - 1.8.3. primer párrafo. (Cobro de la contraprestación por el servicio de prevalidación electrónica de datos)
- 6.1.1. primer párrafo. (Requisitos para rectificar errores evidentes en el pedimento)
 Las modificaciones anteriores quedan como sigue:
 “1.8.3. Para los efectos del último párrafo del artículo 16-A de la Ley, la contraprestación que se pagará a las confederaciones, cámaras empresariales y asociaciones autorizadas, por la prestación del servicio de prevalidación electrónica de datos, sin incluir el IVA trasladado con motivo de la contraprestación, será de $210.00, la cual se pagará conjuntamente con el IVA que corresponda, debiéndose asentar dicho monto en el bloque denominado “cuadro de liquidación”, al tramitar el pedimento respectivo mediante efectivo o cheque expedido a nombre de la confederación o asociación de que se trate.
.……………………………………………………………………………………………………………..”
 
ES DECIR, A PARTIR DE MAÑANA EL COSTO POR LA PREVALIDACIÓN DE PEDIMENTOS SERÁ DE $ 244.00 M.N.
 
Por otro lado, se modifica la Regla 6.1.1., que indica:
 “6.1.1. Para efectos del artículo 89 de la Ley, los importadores y exportadores dentro de los dos meses siguientes a la realización de la operación, podrán solicitar a la ACNCEA o la ACNI, según sea el caso, autorización para efectuar la rectificación de los datos contenidos en el pedimento, incluso los conceptos que prevén las fracciones del citado artículo, siempre que se acredite que se trata de errores evidentes que impliquen que una operación con los datos declarados, sea de imposible realización.
.……………………………………………………………………………………………………………..”
 
ESTO A MANERA DE “JUSTIFICACIÓN” POR ESCRITO, ANTE LA EVENTUAL IMPOSIBILIDAD DE VALIDAR DICHA OPERACIÓN DE RECTIFICACIÓN.
 
Así mismo, se modifica el complemento 1 de la clave “IC” del Apéndice 8 “IDENTIFICADORES” del Anexo 22 “Instructivo para el llenado del pedimento”.
 La presente Resolución entrará en vigor el 1 de febrero de 2012.
 También, se da a conocer la Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2012.
 
Dicha Resolución engloba y beneficia a los sectores de:
 -Sector Primario.
-Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.
-Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.
-Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbano y Suburbano.
 
Por lo que se recomienda su lectura, a fin de generar los beneficios correspondientes en ella.
  PUBLICACION DE HOY EN DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION - 25/01/2012
Buenas tardes,
 Por este conducto les informamos lo publicado hoy en materia de Comercio Exterior en el Diario Oficial de la Federación para quedar como sigue:

La Sría. de Salud publica el Acuerdo por el que se reconocen como equivalentes a los requisitos establecidos en los artículos 179 y 180 del Reglamento de Insumos para la Salud y a los procedimientos de evaluación técnica realizados por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios para el otorgamiento del registro sanitario de los insumos para la salud, a que se refiere el capítulo IX del título segundo del Reglamento de Insumos para la Salud, a los requisitos establecidos por el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón para permitir la comercialización de dispositivos médicos en su territorio; y a las pruebas e inspecciones realizadas por la Agencia de Productos Farmacéuticos y Dispositivos Médicos de Japón, para permitir la comercialización de dispositivos médicos en su territorio.
 Con este Acuerdo se reconocen como equivalentes a los requisitos establecidos en los artículos 179 y 180 del Reglamento y a los procedimientos de evaluación técnica realizados por la COFEPRIS para el otorgamiento del registro sanitario de Dispositivos Médicos que se clasifican en las Clases I, II y III conforme a los criterios establecidos en el artículo 83 del Reglamento:
 (i) A los requisitos establecidos en los artículos 14 ó 23-2 de la Ley en materia Farmacéutica de Japón (1960), así como en las disposiciones de la Ordenanza de la Ley en materia Farmacéutica (1961), el Reglamento de la Ley en materia Farmacéutica (1961), la regulación sobre Buenas Prácticas de Calidad (2004) y sobre Buenas Prácticas de Vigilancia (2004) y la Ordenanza 169 sobre el Sistema de Administración de la Calidad (2004), basado en la ISO 13485:2003; y
 (ii) A las pruebas e inspecciones realizadas por el MHLW y la PMDA de Japón para permitir la comercialización de Dispositivos Médicos en su territorio.

La equivalencia aplica sólo respecto de los dispositivos médicos clasificados en Japón como controlados designados; así como las clases II, III y IV, y no así respecto de la clase I, la cual se sujetará a los procedimientos ordinarios contemplados en nuestro país.
 Independientemente de la clasificación de los dispositivos médicos conforme a los reglamentos y documentos mencionados en este numeral, la COFEPRIS clasificará los Dispositivos Médicos conforme a los criterios establecidos en el artículo 83 del Reglamento.
  Comunicado a Nuestros Proveedores - 20/12/2011
Diciembre 19 de 2011
 
Buen día.
 
Estimado proveedor se notifica a usted que con efectividad del 15 de Diciembre del 2011 sucede con buena fe el cambio de nombre de nuestra empresa siendo:
 
De Popper & Sohn, S.A. de C.V.
 
 PSInsumos, S.A. de C.V.
 
Motivo por el cual pedimos que a partir de hoy Lunes 19 de diciembre de 2011 toda facturación sea bajo el nuevo nombre estipulado.
 
En virtud de este cambio se notifica de igual manera lo siguiente.
 
Toda aquella facturación sucedida los días 15, 16 y 17 de Diciembre bajo el nombre anterior al cambio y que se somete a revisión, se pedirá el cambio al nuevo nombre y se respetara la fecha de programada para pago de la misma.
 
Queda todo el equipo de PS Insumos a su disposición para cualquier duda o comentario.
 
Gracias.
 
Ran Popper Testa
Representante Legal
PSInsumos, S.A. de C.V.
 
PSInsumos, S.A. de C.V. Fuente Pirámides No. 1 desp. 601, Col. Lomas de Tecamachalco, Naucalpan de Juárez, Edo de México, CP. 53950
RFC: PSI1108163B2
  Comunicado a Nuestros Clientes - 20/12/2011
Diciembre 19 de 2011
 
Buen día.
 
Estimado cliente se notifica a usted que con efectividad del 15 de Diciembre del 2011 sucede con buena fe el cambio de nombre de nuestra empresa siendo:
 
De Popper & Sohn, S.A. de C.V.
 
 PSInsumos, S.A. de C.V.
 
Motivo por el cual pedimos que a partir de hoy Lunes 19 de diciembre de 2011 toda facturación sea bajo el nuevo nombre estipulado, a la brevedad se les estarán haciendo saber nuestras cuentas bancarias para futuros depósitos.
 
En virtud de este cambio se notifica de igual manera lo siguiente.
Nuestra dirección es:
 
Fuente Pirámides No. 1 desp. 601, Col. Lomas de Tecamachalco, Naucalpan de Juárez, Edo de México, CP. 53950, los números de teléfono siguen siendo los mismos.
 
Por favor actualiza nuestros datos a la brevedad para no tener ningún tipo de contratiempo.
Agradecemos mucho seguir teniéndote como uno de nuestros valorados clientes.
 
Queda todo el equipo de PS Insumos a su disposición para cualquier duda o comentario.
 
Gracias.
 
Ran Popper Testa
Representante Legal
PSInsumos, S.A. de C.V.
 
PSInsumos, S.A. de C.V. Fuente Pirámides No. 1 desp. 601, Col. Lomas de Tecamachalco, Naucalpan de Juárez, Edo de México, CP. 53950
RFC: PSI1108163B2
  Febrero, Fecha Límite de Economía para lograr consensos del Senado e IP para el TPP - 01/12/2011
 
 Febrero, Fecha Límite de Economía para lograr consensos del Senado e IP para el TPP y en Marzo se sumaría a negociaciones.
 
DESDE HACE UNOS días Economía que encabeza Bruno Ferrari inició en forma los
contactos para evaluar la posible adhesión de México al Acuerdo de Libre
Comercio Transpacífico (TPP), por sus siglas en inglés.

A través del subsecretario de Comercio Exterior, Francisco de Rosenzweig
Mendialdua ya se han tenido contactos con senadores del PAN y PRI básicamente,
así como con Concamín que lleva Salomón Presburger.

Una reunión prevista para hace unos días con el CCE que preside Mario Sánchez
Ruiz se suspendió y se espera retomar a la brevedad para evaluar pros y contras
de la incorporación de México a ese acuerdo para crear la mayor zona de libre
comercio del planeta.

México manifestó su interés para evaluar su incorporación como ya lo han hecho
Canadá y Japón, sumándose a nueve naciones que ya negocian desde el 2004:
Australia, Brunei, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur, Vietnam, Chile, Perú y EU.

Es la negociación comercial más ambiciosa que hay en estos momentos en el orbe,
ya que involucra un comercio por 800 mil millones de dólares.

Para México este acuerdo es un tema estratégico, dada la participación de EU y
quizá Canadá, nuestros dos principales socios comerciales.

Particularmente con EU hay coincidencia en que nuestro TLCAN a 17 años de
distancia está obsoleto, y ya hay acuerdos más flexibles en temas como reglas de
origen.

EU ha suscrito recientemente acuerdos con Colombia, Panamá y Corea, con lo que
México ha perdido algunas ventajas.

La importancia de decidir a la brevedad si México se suma o no es relevante,
puesto que ya van 9 rondas de negociaciones para el diseño del marco normativo
común.

Los tiempos también son trascendentes porque por ahora EU y México, como la
décima tercer economía del mundo, serían los países que podrían llevar la voz
cantante, en tanto Japón y Canadá no se adhieran.

La IP está obligada a mostrar cautela, dado que este acuerdo podría ser
equivalente al TLCAN, al significar algo así como 180 mil millones de dólares de
oferta exportable adicional, un 50% a lo que hoy se realiza con el país que
representa Barack Obama.

En el CCE no parece haber ninguna objeción, pero los trabajos evaluatorios
apenas comienzan para determinar las sensibilidades.

Algunos sectores que se podrían beneficiar son el automotriz, autopartes,
eléctrico y electrónica, acero, químico, perfumería y cosméticos.

Economía no tiene la menor intención de perder el tiempo y por estos días
iniciará contactos bilaterales con muchos de los países miembros, entre ellos
EU.

Aquí se va a trabajar a marchas forzadas durante diciembre y enero para
finiquitar las consultas y lograr los consensos en torno a lo que mejor convenga
al país. Todo hace suponer que México no debe quedar al margen del TPP por el
riesgo de que podamos perder terreno.

La fecha límite establecida para tener una resolución está prevista para finales
de febrero, con el fin de que el gobierno de Felipe Calderón esté en condiciones
de sumarse a la siguiente ronda de negociaciones prevista para marzo.

Así que en este asunto el tiempo apremia.


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